La situación legal de desempleo es un requisito para cobrar paro u otros subsidios asistenciales. El concepto hace referencia a las razones por las cuales una persona pierde su trabajo.
Para ser considerado como tal es necesario que la finalización del contrato laboral sea involuntaria para el trabajador.
Desempleado y situación legal de desempleo
Se trata de dos figuras que pueden prestarse a confusión con facilidad, pero que poseen una diferencia fundamental. Todas las personas que no tengan un trabajo pueden categorizarse como desempleadas, pero no todo desempleado está en situación legal de desempleo. Por lo que se intuye que el desempleado es un concepto más amplio.
- Desempleado: persona que ha perdido su trabajo por voluntad propia y puede estar inscripto o no como demandante de empleo.
- Situación legal de desempleo: desempleado por razones ajenas a su voluntad que cumple con el resto de los requisitos puede acceder a una prestación contributiva y tiene obligación de apuntarse en el Servicio de Empleo.
¿Qué causas incluye el concepto de situación legal de desempleo?
Las personas trabajadoras se pueden encontrar en situación legal de desempleo tras la extinción o la suspensión de su contrato de trabajo. Por tanto, la situación legal de desempleo puede ser total o parcial, ya que puede afectar a la jornada completa o tan solo a unas horas o período.
Extinción del contrato
Esta primera categoría tiene a su vez diversas causales y todas deben ser acreditadas.
- Finalización del contrato por fecha de caducidad o decisión del empleador.
- El empresario decide que no se supera las expectativas en el periodo de prueba, además se requiere que hayan transcurrido 3 meses desde el fin del trabajo anterior o que a ese momento se haya considerado situación legal de desempleo.
- Despido individual por causa objetiva con certificado de la empresa o improcedente con interposición del recurso.
- Despido colectivo, con certificado de empresa o resolución judicial según corresponda.
- Muerte, jubilación o incapacidad del empleador.
- Expulsión y fin de relación de trabajo con una cooperativa.
La baja voluntaria inducida por decisiones desfavorables del empresario, también se consideran situaciones legales de desempleo. La renuncia en estos casos responde a las medidas implementadas por otros y que perjudican al trabajador. Por ejemplo, se pueden mencionar:
- Traslado a otros puntos geográficos
- Incumplimiento en los pagos de forma reiterada.
- Modificación sustancial de las condiciones de trabajo sin seguir el procedimiento.
- Víctima de violencia de género que ejecute su derecho a la movilidad.
Suspensión del contrato.
- Suspensión temporal acordada en el contrato de trabajo.
- Fijos discontinuos que se encuentren en los meses de inactividad.
- Decisión de la trabajadora de suspender el contrato temporalmente por ser víctima de género.
- ERE de suspensión (ERTE o Expediente de Regulación Temporal de Empleo).
¿Qué sucede con la reducción de la jornada de trabajo?
La reducción temporal de la jornada de trabajo habilita la situación legal de desempleo cuando se disminuye entre un 10 y un 70% de la fijada por contrato, con una reducción análoga del salario.
Otros supuestos comprendidos en la Situación Legal del desempleo
- Regreso a España de personas que realizaban sus actividades en el exterior y vieron finalizados sus contratos.
- Cumplimiento de condena o libertad condicional y la consecuente liberación de presos.
- Cese de forma involuntaria a cargos que impliquen pérdida de retribución y no accedan al derecho de una indemnización. Quedan excluidos los funcionarios públicos.
Casos que no justifican situación legal de desempleo
- Las bajas voluntarias no se incluyen entre las causas de situación legal de desempleo. Por supuesto, quedan exceptuadas aquellas que hayan sido motivadas por las decisiones desfavorables del empleador y sean acreditadas.
- Tampoco los trabajadores que, frente a un despido improcedente o una excedencia voluntaria no soliciten la readmisión o no acepte la reincorporación al puesto de trabajo. Este punto corresponde a los casos en los que la justicia ha declarado la improcedencia o nulidad de la extinción del contrato.
- No se encontrarán en situación de desempleo legal aquellas personas que, aun acreditando la pérdida de trabajo involuntaria, no suscriban el acta de compromiso. Tal como se indica en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), es necesario acreditar la disponibilidad a trabajar. Con esta acta de compromiso se garantiza la predisposición a una búsqueda laboral activa y la aceptación a una colocación adecuada a las capacidades.