Llamamos pensión de invalidez a aquella que paga la Seguridad Social en su modalidad no contributiva a los trabajadores que no pueden prestar sus servicios. Muchas veces se confunde con la pensión de incapacidad, de modo que hemos decidido dedicar este artículo a explicar:
Índice de contenidos
La principal diferencia entre una pensión de invalidez y una de incapacidad es que la segunda es contributiva pero la primera no. Esto implica:
Como decimos, las pensiones de invalidez dependen del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO). Este, a su vez, depende de la Seguridad Social, que trata de garantizar la protección adecuada frente a diversas contingencias y situaciones.
En concreto, la pensión no contributiva de invalidez requiere que el beneficiario:
Cuando se den ambos requisitos, el beneficiario recibirá:
Estas prestaciones son independientes de la carrera de cotización del beneficiario. De modo que no importa cuánto haya cotizado al sistema previamente (como si no ha cotizado en absoluto).
El primer requisito para acceder a una pensión de invalidez es carecer de ingresos suficientes. En 2020 se considera cumplido cuando los ingresos anuales son inferiores a 5.538,40 €.
A efectos del cálculo computarán los familiares con los que se conviva. Así, el umbral deberá ser inferior a:
Número de convivientes en la unidad familiar | Ingresos máximos por año |
2 | 9.415,28 € |
3 | 12.292,16 € |
4 | 17.169,04 € |
... | ... |
Este umbral se aumenta considerablemente cuando entre los convivientes se encuentra alguno de los padres o hijos del beneficiario.
El segundo requisito de acceso es tener más de 18 años y menos de 65, momento en que se activaría la jubilación no contributiva.
En tercer lugar, es necesario residir en territorio español. Además, se exigirá una residencia previa de 5 años, dos de los cuales sean consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
Por último, se exigirá un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 %.
Sí. Lo que pasa es que si cobras por encima de los umbrales que hemos señalado se te reducirá o extinguirá la pensión, pues ya no se te considerará en situación de necesidad.
Además, si accedes al mercado laboral desde la condición de pensionista, se te concederá una compatibilidad entre la pensión y las rentas del trabajo durante 4 años, siempre que no superes los 11.992,43 € anuales como ingresos totales.
La cuantía de la pensión dependerá de tu situación (particularmente, de quiénes integran la unidad familiar). Sin embargo, la cuantía individual no puede ser inferior a 1.348 € anuales por beneficiario.
Además, cuando se acredite un grado de discapacidad igual o superior al 75 % se pagará un complemento. Este complemento trata de cubrir los gastos asociados al concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida. En 2020 hablamos de 2.769,20 € anuales
Cuando se te reconozca una pensión de invalidez estarás obligado a realizar una declaración anual de ingresos. Con este trámite se trata de averiguar si sigues en situación de necesidad o hay que minorar o extinguir la pensión.
Deberás realizar la declaración durante el primer trimestre de cada año, incluyendo las rentas de toda la unidad económica de convivencia durante el año anterior. Si prevés que va a haber algún cambio relevante este año (por ejemplo, si has accedido a un puesto de trabajo) también tendrás que indicarlo.
Será el propio IMSERSO o el órgano competente en tu Comunidad Autónoma quien te envíe el formulario donde debes hacer tu declaración anual. Ten en cuenta que si no la remites dentro del plazo podrán suspender el pago de la pensión.
Con esta declaración, el IMSERSO realizará todas las regularizaciones que procedan, indicándote la nueva pensión antes del 31 de octubre de cada año.
Las pensiones de invalidez se tramitan ante los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas o el propio IMSERSO. En la página de este organismo dispones de un mapa donde puedes obtener las ubicaciones concretas.
También puedes descargar los formularios de solicitud de las prestaciones no contributivas por invalidez para presentar en:
E incluso los formularios de solicitud de jubilación no contributiva en los mismos organismos:
También dispones del modelo de comunicación de variaciones de datos.
Si tienes que solicitar una pensión de invalidez o recurrir una resolución de la administración (por ejemplo, si te la deniegan, suspenden o aminoran), lo mejor es que busques asesoramiento jurídico especializado.
Los abogados expertos en esta materia conocen tu situación y los problemas a los que te enfrentas. De modo que te ofrecerán presupuestos personalizados y flexibles.
Gracias a su ayuda podrás agilizar los trámites y asegurarte de que te reconocen la pensión o te la mantienen si tienes derecho a ella.
A través de nuestro formulario puedes solicitar algunos presupuestos gratuitos. Nuestros colaboradores se encargarán de explicarte cómo solicitar o mantener tu pensión de invalidez.