El mínimo para cobrar paro es determinante en el tipo de ayuda económica a percibir en situación de desempleo. Las personas que pierden su trabajo de forma involuntaria pueden solicitar el pago de una cuota mensual.
Aquellos que cumplan con el requisito de un año de trabajo acceden a una prestación contributiva. Pero para los trabajadores que no alcancen el año de cotización por desempleo hay un subsidio.
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Quienes pierden su trabajo con una antigüedad inferior al año tienen el derecho a un subsidio por desempleo. Se trata de una asistencia económica por un periodo de tiempo determinado. La normativa vigente exige que los interesados cumplan con los siguientes requisitos:
Asimismo, al igual que en el caso de las prestaciones contributivas, la situación de desempleo no debe ser voluntaria. Es decir, solo procede en casos de despidos o finalización de contrato por parte de la empresa. Las ayudas económicas por desempleo no aplican en casos de renuncias.
Otro punto importante que se debe considerar al momento de contabilizar el periodo de cotización, es que se utiliza solo una vez. Es decir, cuando se cuentan las cotizaciones de los últimos 6 años las mismas no deben haber sido utilizadas para solicitar otra ayuda anterior.
La duración de la ayuda por paro para quienes no alcancen los 360 días trabajados depende de los meses cotizados y la presencia o no de familiares a cargo. Es decir, la existencia de miembros de la familia que dependan económicamente del solicitante. En esta categoría se ubican cónyuges e hijos menores de 26 años o mayores discapacitados.
Los solicitantes que no posean familiares bajo su responsabilidad deben haber cotizado 6 meses como mínimo para cobrar paro. La duración del subsidio será de 6 meses.
El total a cobrar por paro cuando ha trabajado menos de un año corresponde a un porcentaje sobre el IPREM. En la actualidad se calcula el 80% sobre el indicador público de renta de efectos múltiples. Pueden consultarse las cuantías actualizadas en el SEPE, órgano regulador de las prestaciones por desempleo.
Para los casos de pérdida de trabajo a tiempo parcial el cálculo se realiza en base a las horas trabajadas en el contrato anterior.
Durante el periodo que prestación se ingresarán las cotizaciones a Seguridad Social. Asimismo, en los beneficiarios al cobro por paro mayores de 52 años se cotizarán los aportes para jubilación.
Los desempleados por motivos involuntarios que no han trabajado durante un año tienen la opción a una ayuda económica. Siempre que cumplan con los requisitos publicados por el SEPE pueden realizar la demanda.
La duración y la cuantía dependerán de las cotizaciones por desempleo realizadas y las responsabilidades familiares.
Si una persona se encuentra en situación de desempleo legal y no ha trabajado el año que se exige para la prestación contributaria, puede acceder al subsidio de desempleo. Una vez producido el hecho cuenta con 15 días hábiles para presentar la solicitud.
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