La incapacidad permanente parcial es aquella situación en que se encuentra el trabajador que ha sufrido una disminución en su capacidad de trabajo superior al 33 %, pero que le permite realizar las tareas fundamentales de su profesión u oficio.
La Seguridad Social otorga una prestación para este tipo de situaciones, consistente en una indemnización que trata de compensar las rentas que el trabajador deje de percibir. Además, cuando la incapacidad derive de un accidente o enfermedad que sean responsabilidad de la empresa también podrá exigir una indemnización a cargo de la misma.
En cualquier caso, para maximizar los derechos de cobro es recomendable contar con la ayuda de un abogado especializado en la incapacidad permanente. Si te encuentras en situación de incapacidad permanente parcial y no dispones de abogado podemos ponerte en contacto con nuestros colaboradores gratuitamente al rellenar nuestro formulario.
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Cuando pides la baja en el trabajo entras en situación de incapacidad temporal. El objetivo de este tipo de incapacidad es que se te abone una pensión para cubrir los salarios que no recibas mientras no estés trabajando.
Durante el proceso de incapacidad temporal se te someterá a un tratamiento para que recuperes un buen estado de salud y tu rendimiento laboral habitual.
Sin embargo, en algunas ocasiones es imposible la recuperación completa. En estos casos procede el reconocimiento de la incapacidad permanente.
Esta situación conlleva el pago de otro tipo de prestaciones, que dependen de la gravedad de la disminución de tu rendimiento laboral. Así, cuanto más afectado te veas, mayor será la prestación.
La incapacidad permanente parcial es el grado mínimo de incapacidad permanente que se puede reconocer para que tengas derecho al cobro de una indemnización. Se trata de una situación en que tu capacidad para desarrollar las tareas propias de tu profesión habitual se ha visto reducida dentro de ciertos límites:
Cuando se te reconozca este grado de incapacidad podrás cobrar una indemnización de la Seguridad Social. A lo largo de este artículo explicaremos cómo calcular la indemnización por incapacidad permanente parcial.
Ten en cuenta que si tu lesión es responsabilidad de la empresa también podrás exigirle a esta una indemnización, compatible con la de la Seguridad Social.
Es la Ley General de la Seguridad Social la norma encargada de regular los grados de incapacidad permanente y, por extensión, la indemnización por incapacidad permanente parcial. En esta norma se contienen tanto los requisitos para ser beneficiario como la forma de calcular la prestación.
A continuación recogemos, de modo esquemático, todos los elementos que te permitirán saber si tienes derecho o no a cobrar tu prestación por incapacidad permanente parcial, así como calcular su cuantía.
Aunque estrictamente no existen tipos de incapacidad permanente parcial, hay quien diferencia entre:
La diferenciación tiene sentido en la medida en que las incapacidades permanentes parciales derivadas de contingencias profesionales no requieren un período previo de cotización. Es decir, tienes menos requisitos y cobras más por Enfermedad Profesional o Accidente de Trabajo que ante contingencias comunes. Veamos cómo afecta esta tipología a los requisitos y efectos de la prestación.
Como hemos anticipado, si quieres cobrar la incapacidad permanente parcial tendrás que acreditar que has sufrido una reducción anatómica o funcional:
Al margen de estas condiciones, se exigirán otros requisitos, relacionados con tu carrera de cotización y la concurrencia con otras prestaciones. Así:
Como ves, ubicar el hecho causante en el tiempo permite determinar si tienes derecho o no a cobrar la prestación. En el caso de la incapacidad permanente parcial (IPP), el hecho causante se considera ocurrido:
Por otro lado, llamamos efectos económicos al momento en que se empieza a pagar la prestación. En este caso, la incapacidad permanente parcial se empezará a pagar desde que se dicte la resolución que la conceda.
La prestación de la Seguridad Social, en estos casos, consiste en una indemnización de 24 mensualidades de la base reguladora. Pero, ¿cómo calculamos esta base reguladora?
Básicamente emplearemos el método de cálculo aplicable a las incapacidades temporales. De hecho, si la incapacidad permanente parcial deriva de una temporal se mantendrá la misma base reguladora.
Recuerda que esta prestación de pago único está sujeta al IRPF. Lo que supone que podrán aplicarse retenciones y tendrás que incluir su cobro en tu declaración de la renta anual.
Dado que la incapacidad permanente parcial no supone una gran minoración de la capacidad de trabajo, su indemnización es compatible con la realización de actividades laborales y el autoempleo. De hecho, nada impide que el trabajador afectado siga desarrollando la actividad en la que se empleaba antes de padecer el accidente o enfermedad que lo incapacitara.
A continuación reunimos algunas Sentencias recientes del Tribunal Supremo en el que se reconocen prestaciones por incapacidad permanente parcial. Ejemplos que pueden servirte para conocer mejor la cuantía de la prestación y los derechos que te corresponden:
El reconocimiento de las incapacidades permanentes es un procedimiento administrativo. Al contratar a un abogado especialista en incapacidad laboral conseguirás ahorrar tiempo y cobrar la máxima indemnización.
Pero la asistencia de estos profesionales es todavía más importante si no te reconocen la pensión, si necesitas que se incremente el grado de tu incapacidad o si tienes que reclamar tus derechos ante los tribunales.
Además, como has visto en los ejemplos, un buen abogado puede conseguir que se apliquen recargos en tu prestación, así como cobrar indemnizaciones adicionales por convenio o por responsabilidad civil de la empresa.
Si esta es tu situación te recomendamos que rellenes nuestro formulario para que te pongamos en contacto con un abogado especialista en incapacidades laborales. Te explicará cómo funciona el procedimiento de reclamación por tu incapacidad permanente parcial gratuitamente y te ayudará a garantizar que se cumplan tus derechos.