La gran invalidez es aquella situación en que se encuentra el trabajador que, padeciendo una incapacidad permanente, requiere de la asistencia de otra person para realizar los actos más esenciales de la vida.
Se trata del grado de invalidez más elevado que reconoce nuestro sistema, y se caracteriza por incluir un complemento a la cuantía de la pensión para cubrir los gastos derivados de la asistencia externa.
En consecuencia, su prestación es la más elevada entre todos los tipos de incapacidades. Lo que, a su vez, provoca que sea más susceptible a los incrementos o decrementos de cuantía.
Por eso es importante que a la hora de solicitar una gran invalidez o enfrentarse a una revisión médica de la que pueda derivarse su denegación cuentes con un buen abogado. Rellenando nuestro formulario podremos ponerte en contacto con laboralistas especializados en Seguridad Social de forma gratuita y sin compromiso.
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La gran invalidez es el mayor grado atribuible a la incapacidad permanente contributiva. Por tanto, es una situación en la que se halla el trabajador que, tras someterse a tratamiento:
Se trata, por tanto, de una incapacidad absoluta agravada. El hecho de que se otorgue este grado de incapacidad otorga derecho al cobro de un complemento a la pensión, que en ningún caso será inferior al 45 % de su cuantía.
Por eso es importante que si estás inhabilitado para trabajar y necesitas ayuda de otra persona en tu vida diaria contactes con un abogado especializado en pensiones de invalidez que garantice el cobro de la máxima pensión.
Como ocurre con la incapacidad permanente absoluta, la gran invalidez otorga el derecho de cobro de una pensión a cargo de la Seguridad Social. Esta pensión se abonará mientras perdure la situación, que puede concluir:
La cuantía de esta pensión es del 100 % de la base reguladora. Como en otros casos, permite la aplicación de:
Además, el beneficiario de una pensión de gran invalidez tendrá derecho a cobrar un complemento, nunca inferior al 45 % de la misma. Para calcular el importe de este complemento debemos sumar:
Tanto la pensión de gran invalidez como su complemento están exentos en la tributación al IRPF.
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La gran invalidez, como los otros tipos de incapacidad, debe reconocerse en el seno de un procedimiento administrativo. Esto supone que dispondrás de los correspondientes recursos en caso de que sea denegada o se proponga su suspensión o extinción.
El mejor modo de garantizar el éxito de tu solicitud o recurso es presentándolo con la ayuda de un abogado especialista. La asistencia de estos profesionales se hará todavía más necesaria en caso de que tengas que reivindicar tus derechos en sede judicial.
Además, en el caso de que la situación derive de un accidente o enfermedad de los que sea responsable la empresa, un buen letrado podrá conseguirte una indemnización adicional.
Si necesitas contactar con uno de estos abogados para reclamar tus derechos por gran invalidez puedes utilizar nuestro formulario. Te presentaremos gratuitamente y sin compromiso a los mejores letrados de tu zona.