Conocemos como contingencias comunes aquellos accidentes o enfermedades que nos incapacitan para trabajar pero no guardan relación con nuestro puesto de trabajo. Por ejemplo, una lesión practicando deporte o un proceso gripal.
Cuando no podemos prestar nuestros servicios por estar lesionados o enfermos, tenemos derecho a pedir una baja. Durante la baja, la Seguridad Social nos pagará una prestación, que compensará las rentas laborales que hayamos dejado de percibir a causa de nuestro estado de salud.
Las contingencias comunes, aunque activan el sistema de protección de la Seguridad Social, conllevan menos derechos que las contingencias profesionales. Por eso existe un proceso orientado a reclamar la determinación de la contingencia causante, al que deberemos acudir cuando se califique nuestra contingencia como común siendo profesional.
Eso sí, reclamar nuestros derechos en estos casos requiere pericia y experiencia. Por tanto, lo idóneo es contratar a un abogado de Seguridad Social que nos pueda ayudar en el proceso.
Realmente no existe un concepto legal de contingencia común. Es decir, el concepto como tal no está definido en la Ley General de la Seguridad Social. Sin embargo, se utiliza frecuentemente, tanto por la Administración como por las propias leyes.
Las contingencias comunes se definen por contraposición a las contingencias profesionales. Es decir, son comunes aquellas contingencias que no son profesionales. O, dicho de otro modo, aquellas que no guardan relación con el puesto de trabajo.
Como decimos, la contingencia común no tiene que ver con el trabajo. Por tanto, son ejemplos de contingencias comunes:
Cuando sufrimos una lesión incapacitante para el trabajo a causa de una contingencia común tenemos derecho a estar de baja. La baja laboral nos libera de la obligación de prestar servicios. En consecuencia, la empresa tampoco tendrá que pagarnos nuestro salario.
Sin embargo, la acción protectora de la Seguridad Social no solo incluye las prestaciones sanitarias. También incluye prestaciones sociales y económicas. Por tanto, mientras estemos de baja podremos cobrar nuestra prestación por incapacidad temporal.
Si el proceso de recuperación se alargara podríamos causar derecho a una pensión de incapacidad permanente. Debemos tener en cuenta que el acceso a este tipo de prestaciones y pensiones requiere haber cotizado cierto tiempo en el pasado.
Cuando el accidente o enfermedad terminan causando el fallecimiento de la persona afectada, sus familiares tendrán derecho a percibir las prestaciones por muerte y supervivencia. Entre estas destacan las prestaciones por viudedad y orfandad.
Sí. En principio, cuando recibamos asistencia sanitaria será el servicio de salud el encargado de determinar el origen de nuestra dolencia. Si encaja en los conceptos de accidente de trabajo o enfermedad profesional se declarará la contingencia profesional, lo que nos dará acceso a mejores prestaciones.
Pero puede ocurrir que se determine que la contingencia causante es de tipo común de forma errónea. En los casos en que no estemos de acuerdo con la calificación del equipo sanitario podremos solicitar una revisión, mediante el proceso de determinación de la contingencia causante.
Lo mejor, a la hora de acudir a este proceso, es hacerlo con la asistencia de un abogado laboralista. De este modo podremos agilizar los trámites y tendremos más posibilidades de éxito.