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¿Necesitas un Abogado de Enfermedad Profesional?

El abogado de Enfermedad Profesional es un jurista especializado en la determinación de contingencias causantes y la exigencia de indemnizaciones y recargos sobre prestaciones. Generalmente, ante una patología relacionada con el trabajo, realiza el siguiente itinerario:

  1. Pedir la Enfermedad Profesional. Al relacionar nuestra patología con nuestro puesto de trabajo, el abogado de Enfermedad Profesional consigue que se declare que la contingencia causante es de tipo laboral. Gracias a ello logra un incremento de nuestras prestaciones y abre las puertas a los siguientes pasos del proceso.
  2. Pedir el recargo sobre las prestaciones. Si consigue relacionar nuestra patología con una negligencia empresarial en cuanto a sus obligaciones de prevención de riesgos laborales, el abogado de Enfermedad Profesional podrá exigir un recargo sobre nuestras prestaciones. Así, nuestras pensiones o indemnizaciones se incrementarán entre un 30 y un 50 %.
  3. Exigir una indemnización. Haya logrado o no el recargo sobre prestaciones, el siguiente paso del abogado de Enfermedad Profesional es exigir una indemnización a la empresa. Aunque estas indemnizaciones no siempre son viables, lograrlas supone el cobro de importantes cuantías.

Por tanto, los servicios de estos abogados especializados son muy útiles cuando padecemos una Enfermedad Profesional. Veamos cómo contratarlos, cuánto pueden costarnos sus servicios y cuáles son los pasos que seguiremos una vez recabada su ayuda.

¿Qué es la Enfermedad Profesional y cuáles son las ventajas de su reconocimiento?

Aunque ya disponemos de un artículo en el que damos la definición de la Enfermedad Profesional y otro donde explicamos las ventajas de su reconocimiento, queremos hacer un breve resumen aquí.

La Enfermedad Profesional se define en la Ley General de la Seguridad Social como aquella:

  • Provocada a consecuencia de nuestro trabajo.
  • Conforme a los agentes y procedimientos regulados en el cuadro de enfermedades profesionales (RD 1299/2006).

Siempre que se den estas condiciones podremos determinar que la contingencia causante de nuestra patología es de tipo profesional. Esto conllevará importantes beneficios, ya que:

  • No se nos exigirá un período de cotización previo para acceder a las prestaciones de la Seguridad Social. Además, si la empresa hubiera incumplido sus obligaciones de encuadramiento se nos considerará de alta de pleno derecho.
  • La base reguladora de nuestras prestaciones será superior. También lo serán los porcentajes aplicables, en la generalidad de los casos.
  • Tendremos acceso a prestaciones más extensas en cuanto a asistencia sanitaria y otras.
  • En definitiva, gozaremos de un acceso más sencillo a las prestaciones de la Seguridad Social, disfrutando de prestaciones o pensiones más elevadas.

Al margen de estas ventajas iniciales, el hecho de que la contingencia causante sea laboral nos permitirá acceder a indemnizaciones y recargos sobre prestaciones. Para ello es necesario que concurra la responsabilidad de la empresa, que tiene el deber de prevenir los riesgos laborales. Aquí resultará clave la experiencia de nuestro abogado de Enfermedad Profesional.

Nota sobre las enfermedades del trabajo

Tengamos en cuenta que, aunque nuestra patología o forma de causarla no esté incluida en el cuadro del RD 1299/2006, un buen abogado de Enfermedad Profesional todavía podría acreditar su origen laboral.

Lo más frecuente en estos casos es que no se nos considere en situación de Enfermedad Profesional, sino de Accidente de Trabajo. Pero la distinción es eminentemente técnica, porque vamos a tener prácticamente los mismos derechos.

Las únicas diferencias que nos afectan entre la Enfermedad Profesional y la enfermedad del trabajo son a nivel preventivo y probatorio. De ahí la importancia de que nuestro abogado de Enfermedad Profesional tenga la pericia necesaria como para acreditar el nexo causal entre nuestras dolencias y nuestro puesto de trabajo.

abogados de enfermedad profesional
Con la ayuda de un despacho de abogados de Enfermedad Profesional podrás reclamar todos tus derechos tras una patología laboral

¿Cómo trabaja un abogado de Enfermedad Profesional?

Cada profesional tiene sus propias tácticas y procedimientos. Además, en cada caso hay que seguir unos pasos para conducirlo al éxito. De modo que no existe un procedimiento generalizado, pero es frecuente que el abogado de Enfermedad Profesional empiece por acreditar que la contingencia causante de nuestra patología guarda relación con nuestro puesto de trabajo.

En algunos casos este paso no será necesario. Tanto la Mutua como el Servicio Público de Salud deberían determinar que la contingencia es profesional cuando así sea. Pero lo cierto es que esto no siempre ocurre. En estos casos hay que tramitar el procedimiento de determinación de contingencias.

Tras este primer paso habremos convertido nuestra baja por contingencias comunes en una baja por contingencias profesionales. Esto supondrá un primer incremento en nuestros derechos y prestaciones.

Una vez se ha determinado que la contingencia es profesional es mucho más fácil analizar si la empresa cumplió con sus obligaciones en materia de prevención. En caso contrario podremos exigir el recargo de las prestaciones.

Gracias a este paso no solo cobraremos entre un 30 y 50 % más de la Seguridad Social, sino que obtendremos un informe de la Administración en el que se relaciona nuestra patología con un incumplimiento de la empresa. Como cabe esperar, este expediente nos facilitará la reclamación de una indemnización por daños y perjuicios.

Estos son los pasos que suele seguir cualquier abogado de Enfermedad Profesional para maximizar la cuantía de nuestras pensiones e indemnizaciones.

¿Cuánto cobra un abogado de Enfermedad Profesional?

El precio de un abogado de Enfermedad Profesional va a depender principalmente:

  • Del caso concreto. En algunas ocasiones es mucho más fácil que en otras determinar el nexo entre la patología y el trabajo. Por supuesto, cuanto más fácil sea acreditar esta relación, más económicos serán los servicios de nuestro abogado.
  • De las cuantías reclamadas. Generalmente, los abogados de Enfermedad Profesional cobran un porcentaje sobre la cuantía recuperada. Este porcentaje suele oscilar entre el 10 y el 20 % de la indemnización. En el caso de las pensiones suele aplicarse durante una serie de mensualidades.
  • De la libertad para fijar honorarios. No olvidemos que los profesionales jurídicos tienen libertad para fijar sus honorarios, por lo que el precio de un abogado y otro pueden diferir enormemente.

La determinación de la contingencia causante es un proceso administrativo. De modo que la mayoría de los abogados lo realizarán por unos 100 - 300 €. Se tratará de un precio cerrado que incluirá, probablemente, todos los trámites a realizar.

Respecto a las reclamaciones de recargos e indemnizaciones, al tratarse de procesos más complejos, es frecuente presupuestarlos cuando se conoce la cuantía a reclamar. Generalmente se cobra un fijo más una parte de la indemnización o pensión.

A esto hay que añadir:

  • La provisión de fondos, que es una cantidad que suele cobrarse al inicio del servicio para hacerse cargo de los gastos que puedan surgir durante la preparación de la reclamación. Suele funcionar como anticipo, así que recuperarás lo que no se haya gastado al final de la operación.
  • La intervención de otros profesionales. A la hora de reclamar una Enfermedad Profesional es frecuente que tengan que intervenir otros profesionales, como peritos médicos o procuradores.

Resumen: consejos al contratar a un abogado de Enfermedad Profesional

En resumen, la trayectoria común del abogado de Enfermedad Profesional es:

  1. Determinar el carácter profesional de la patología si no lo han reconocido la Mutua o el SPS. Puede que esta partida se cobre por separado y a precio cerrado, pero conviene invertir en ella porque:
    1. Abre las puertas a las siguientes etapas.
    2. Y supone un incremento de las prestaciones, que generalmente absorberá los costes jurídicos.
  2. Exigir el recargo de las prestaciones. En este caso sí pueden cobrarnos a comisión del incremento obtenido, que estará entre el 30 % y el 50 % de nuestras prestaciones actuales.
  3. Exigir una indemnización. No siempre es posible hacerlo, pero cuando nuestro abogado nos lo recomiende deberíamos iniciar reclamaciones. Estas indemnizaciones suelen ser muy cuantiosas. Normalmente nos cobrarán a comisión de éxito.

Si necesitas ayuda para encontrar a un abogado de Enfermedad Profesional te recomendamos rellenar nuestro formulario. Lo enviaremos a nuestros colaboradores para que te envíen gratuitamente su presupuesto. Este es el único modo de conocer los honorarios de un abogado de Enfermedad Profesional en tu caso concreto.

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